La fianza es un importe que hay que depositar obligatoriamente en la Comunidad de Madrid. Las empresas tenemos firmado un convenio con la Administración por el que presentamos y liquidamos las fianzas una vez al año, por lo que no disponemos de resguardo individual del depósito. En el contrato hay una cláusula en la que se detalla el importe de la misma.
La fianza responde de los posibles daños causados a la vivienda, una vez que ha finalizado el contrato. Si el importe de los trabajos a hacer supera el de la fianza, se reclamará aparte.