El Impuesto de Bienes Inmuebles grava la propiedad o el derecho de uso de un inmueble. Los ayuntamientos los emiten en base a la titularidad que conste en el Catastro a 1 de enero, por eso el recibo se emite a nombre del propietario del inmueble. Al estar alquilado el inmueble, se entiende que el derecho de uso es del arrendatario, por lo que el propietario tiene la facultad de repercutir este impuesto en el inquilino.
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